Mahmoud Abu Rideh

Debe ser horrible vivir esa situación:

REINO UNIDO        Mahmoud Abu Rideh, de 37 años

El equipo letrado que representa a Mahmoud Abu Rideh, refugiado palestino sometido a una «orden de control» dictada por las autoridades del Reino Unido, cree que existe un peligro real de que su cliente se suicide si no se levanta la orden de control o no se le proporcionan los documentos de viaje necesarios para abandonar el país. Mahmoud Abu Rideh ha enviado varias cartas a las autoridades británicas, la más reciente con fecha de 26 de mayo de 2009, solicitando que se le faciliten los documentos de viaje reconocidos internacionalmente que necesita para abandonar el Reino Unido. Mahmoud Abu Rideh ha intentado suicidarse en tres ocasiones, la última en mayo de 2008.

Mahmoud Abu Rideh, palestino apátrida, fue reconocido como refugiado en el Reino Unido en 1997. Es un sobreviviente de la tortura y sufre grave trastorno de estrés postraumático. Su salud mental y física se ha visto afectada por la persecución que ha sufrido durante años por parte de las autoridades británicas, y tiene que usar una silla de ruedas para desplazarse.

A Mahmoud Abu Rideh lo mantuvieron detenido sin cargos desde diciembre de 2001 hasta marzo de 2005 en aplicación de la Ley sobre Antiterrorismo, Delincuencia y Seguridad de 2001 por sospecharse que participaba en actividades relacionadas con el terrorismo. Ni él ni sus abogados recibieron información adecuada sobre los motivos de tal sospecha, que permanecieron prácticamente secretos. La orden de control le fue impuesta, en aplicación de la Ley de Prevención del Terrorismo de 2005, inmediatamente después de su «puesta en libertad». En febrero de 2009, el revisor independiente de la legislación antiterrorista nombrado por el gobierno británico, Lord Carlile, publicó un informe en el que se recomendaba que no se prolongaran indefinidamente las órdenes de control y no se las utilizara normalmente durante más de dos años. Tras su «puesta en libertad» en marzo de 2005, Mahmoud Abu Rideh ha sido sometido a severas restricciones de su libertad, que sufre desde hace ya más de cuatro años.

Sus abogados creen que ha «alcanzado un grado de desesperación tal que es un grave peligro para sí mismo», ya que en el Reino Unido se enfrenta a una orden de control de duración indefinida y no puede abandonar el país debido a que carece de acceso a los necesarios documentos de viaje reconocidos internacionalmente. La orden de control que pesa actualmente sobre él establece que debe permanecer en su domicilio 12 horas por día y que debe telefonear a una empresa de vigilancia tres veces al día. Todos sus visitantes deben ser vetados por el Ministerio del Interior. Asimismo, no le permiten tener una conexión a Internet en su casa. Cualquier incumplimiento de estas condiciones se considera una infracción de carácter penal.

Mahmoud Abu Rideh ha sido acusado de varias presuntas violaciones de la orden de control, pero no de delitos directamente relacionados con el terrorismo. Todavía no ha sido enjuiciado por ninguno de los cargos relacionados con infracciones de la orden de control. No le han permitido consultar, ni impugnar, gran parte del material sobre el que el gobierno funda la imputación de que está o ha estado implicado en actividades relacionadas con el terrorismo. Sigue en libertad bajo fianza, ya que la posibilidad de que las autoridades británicas lo enjuicien por cualquier presunta infracción de las condiciones de su orden de control depende de una decisión inminente sobre la legalidad del propio sistema de órdenes de control.

Las restricciones y condiciones que forman parte de su orden de control, como la intrusión regular de la policía en su casa, también han tenido un grave impacto en su esposa y sus seis hijos, que son todos ciudadanos británicos. El 25 de mayo de 2009, su esposa y sus seis hijos abandonaron el Reino Unido para dirigirse a Jordania, donde desde entonces viven con los progenitores de su esposa. Los abogados de Mahmoud Abu Rideh ven con preocupación que la partida de su esposa e hijos ha aumentado el riesgo de suicidio como resultado de la «angustia de Mahmoud Abu Rideh ante la pérdida permanente de su familia»

El 4 de junio, los abogados de Mahmoud Abu Rideh interpusieron ante el Tribunal Superior un recurso de emergencia en el que solicitaban que se llevara a cabo una revisión judicial de la negativa de las autoridades británicas a proporcionar a su cliente documentos de viaje internacionalmente reconocidos. Sus abogados también están en espera de la celebración de dos vistas judiciales de sendos recursos, uno de ellas contra la renovación de la orden de control contra Mahmoud Abu Rideh y el otro contra una apelación interpuesta por abogados de las autoridades británicas para impedir que se revele el material secreto sobre el que se funda la imposición de la orden de control.

Tras las decisiones tomadas sobre el internamiento de Mahmoud Abu Rideh por el Tribunal Superior en agosto de 2008 y posteriormente por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, sus abogados están tratando de conseguir que se les revele la información en la que se basaron las autoridades británicas para dictar la orden de control. No obstante, los abogados de las autoridades británicas han apelado contra la decisión del Tribunal Superior y están tratando de impedir que se revele dicha información a Mahmoud Abu Rideh y sus abogados. El asunto está pendiente en espera de la decisión del Comité Judicial de la Cámara de los Lores sobre la legalidad de las órdenes de control. Las severas restricciones impuestas a la libertad de Mahmoud Abu Rideh no han cambiado.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

El sistema de órdenes de control fue introducido en la legislación británica mediante la Ley de Prevención del Terrorismo de 2005, que autoriza a un ministro del gobierno a imponer graves restricciones a las personas sospechosas de participar en actividades relacionadas con el terrorismo si el ministro lo considera necesario para la protección del público. El sistema de órdenes de control es a todas luces injusto, ya que depende en gran medida de materiales secretos que no se revelan a las personas afectadas por las órdenes ni a sus abogados. De tal modo, las personas sometidas a órdenes de control no tienen derecho a saber el motivo de que se sospeche que están vinculadas con el terrorismo. Aunque las órdenes de control pueden ser impugnadas ante los tribunales, los procedimientos distan de ajustarse a las normas internacionales de imparcialidad procesal. Las personas afectadas por las órdenes y sus abogados pueden ser excluidos de gran parte de las actuaciones en las que se examinan materiales secretos. En consecuencia, no pueden impugnar efectivamente las órdenes de control.

ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen sus llamamientos de modo que lleguen lo antes posible, en inglés o en su propio idioma:

– instando al ministro del Interior a levantar de inmediato la orden de control dictada contra Mahmoud Abu Rideh;
– exhortando al ministro del Interior a asegurar que Mahmoud Abu Rideh seguirá recibiendo todos los cuidados médicos que necesite, dados los motivos de preocupación en torno a su salud y bienestar y su historial de intentos de suicidio;
– pidiendo al ministro del Interior que acceda a la petición de Mahmoud Abu Rideh de que se le proporcionen documentos de viaje reconocidos internacionalmente que le permitan entrar en otro país de una manera oportuna.

LLAMAMIENTOS A:

Ministro del Interior:
The Rt Hon Alan Johnson MP
Secretary of State for the Home Department
Home Office
2 Marsham Street
London SW1P 4DF
Reino Unido
Fax:        +44 20 7035 4745
Correo-e:    public.enquiries@homeoffice.gsi.gov.uk
Tratamiento:     Dear Home Secretary / Señor Ministro del Interior

COPIA A: la representación diplomática del Reino Unido acreditada en su país.

EMBAJADA DE SU MAJESTAD BRITANICA
Excmo. Sr. Stephen John Leadbetter WRIGHT
C/ Fernando el Santo, 16 28010 – MADRID
Teléfono: 91 700 82 00 Fax: 91 700 82 10
http://www.ukinspain.com

¿Está de acuerdo o quiere mandarme a la chonguenga?